Su cónyuge o su compañero/a...
·1 ¿Le amenaza con hacerle daño a usted o a sus hijos?
·2 ¿No le permite a usted tener ningún contacto con familiares o
amigos?
·3 ¿Le arroja objetos o destruye sus pertenencias personales?
·4 ¿Le acusa a usted de estar teniendo otra relación?
·5 ¿Le dice a usted que es estúpido/a, gordo/a, feo/a o le pone
apodos desagradables?
·6 ¿Le culpa a usted de ser el o la causante de todos los
problemas?
·7 ¿Le dice que usted nunca hace nada bien hecho?
·8 ¿Le abandona a usted en otros lugares o le deja encerrado/a o
fuera de casa?
·9 ¿Le quita o esconde sus llaves, documentos importantes o su
correo?
·10 ¿Le prohíbe a usted trabajar o no le da dinero para las cosas
que usted o su hijo necesitan?
·11 ¿Le obliga a usted a practicar sexo cuándo usted no lo desea?
·12 ¿Golpea, patea, empuja, le sujeta o sacude fuertemente a usted
o a sus hijos o reacciona a los problemas en forma violenta?
¡Si usted respondió “Si” a alguna de estas preguntas, es
probable que usted esté involucrado/a en una relación abusiva!
En la Florida...
He aqui sus derechos:
En la Florida existe una Ley Especial que le protege a usted
USTED TIENE DERECHO A
Pedirle a la agencia encargada de hacer cumplir la ley que le
corresponda a usted, que presente una queja contra el delito, si
es que no la ha presentado aún.
USTED TIENE EL DERECHO A
Ir a la corte y presentar una solicitud exigiendo un Interdicto
de Protección por Violencia Doméstica. (“Injunction for Protection
from Domestic Violence”). Esto involucra tener que llenar
formularios donde deberá tomarse su declaración jurada, que le
harán saber al Juez que tipo de protección necesita usted y a
quien le tiene miedo usted o quien está abusando de usted.
NO TENGO EL DINERO PARA
Pagar por todo esto; los costos no se le cobrarían, y usted no
necesita un abogado para estos trámites. Existe la ayuda adecuada
para ayudarle a usted a llenar estos formularios.
COMO OBTENGO UNA ORDEN DE PROTECCIÓN
En el Condado de Hillsborough , esta Orden de Protección o
Interdicto está disponible con
tan sólo ir al edificio de la Corte, a la Oficina del Secretario
de la Corte de Distrito. Usted deberá estar en condiciones de
suministrar una dirección actual de manera que la persona que está
abusando de usted pueda ser citada. Una vez que el Juez firme el
Interdicto, habrá una audiencia dentro de los siguientes 15 días.
Usted deberá asistir a esta audiencia. Esta orden puede incluir
algunos o todos los puntos que se enumeran a continuación o
cualquier otro que el Juez considere necesario para protegerle a
usted y a sus hijos.
·1 Ordenarle al abusado que no cometa más nunca actos de
violencia en su contra.
·2 Ordenarle al abusador que se vaya del hogar que comparte con
usted y que se mantenga alejado de ese hogar, de su trabajo o de
la escuela.
·3 Ordenarle al abusador que le pague pensión de manutención
para usted y para sus hijos menores; o
·4 Hacer cualesquiera otras exigencias que sean necesarias para
protegerle a usted y a sus hijos.
Sus Opciones
QUEDARSE CON LA PERSONA QUE ESTA ABUSANDO DE USTED
·1 Elabore un plan de seguridad
·2 Llame a la policía si abusan de usted
·3 Asista a un Grupo de Apoyo, llame al (813) 621-7233
PRESENTE ACUSACIÓN CON CARGOS CRIMINALES
.1 Llame a la policía
·2 Envíele el mensaje al abusador/a que el abuso no será tolerado
nunca más
·3 La Policía puede efectuar el arresto en el mismo lugar
·4 Después del arresto, el abusador/a será encarcelado/a hasta que
se lleve a cabo una audiencia solicitando fianza, la cual se
efectúa usualmente dentro de las 8 a 36 horas siguientes.
·5 El que salga o no en libertad está condicionado al buen
comportamiento del abusador.
INTRODUZCA UN INTERDICTO PARA SU PROTECCIÓN
·1 Esto puede prohibir un nuevo contacto violento, exigir que
no exista ningún tipo de contacto o sacar al abusador del hogar
·2 Se introduce ante la Secretaria de la Corte de Violencia
Doméstica en el edificio principal de la Corte del Condado de
Hillsborough, o en el edificio de la Corte de Plant City.
·3 Si esta orden es irrespetada, usted deberá ponerse en contacto
con la Corte.
·4 Si se llevan o sacan al abusador, cambie todas las cerraduras
de las puertas.
·5 Elabore un plan de seguridad personal.
ABANDONE AL ABUSADOR
Vaya al “The Spring”, que es el Centro de Violencia
Doméstica del Condado de Hillsborough. La línea de emergencias
durante las 24 horas es el (813) 247-7233.
Página de Prevención
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